Proceso de Consulta Vecinal “Modificación Lago Alberto 411”
¿Qué es el Proceso de Consulta Vecinal?
El Proceso de Consulta Vecinal NO es una votación.
El Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones (PCV) es un mecanismo ordenado y sistemático cuyo propósito es presentar un proyecto a la población y recabar la opinión de las personas habitantes y usuarias del Área de Influencia Social, en relación con los impactos que podría generar y las medidas propuestas para atenderlos. Este proceso está fundamentado en el Aviso por el que se da a conocer el Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de diciembre de 2019, así como en la Ley Ambiental de la Ciudad de México, publicada el 18 de julio de 2024, específicamente en sus artículos 27 y 30.
Este proceso considera la implementación de tres etapas: 1. una etapa informativa; 2. toma de opinión; 3. deliberativa; mismas que se avalan y supervisan por la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México a través de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental (DGEIRA), y que buscan garantizar el derecho al acceso a la información previa, libre, informada y culturalmente adecuada, así como a la participación y el derecho a un medio ambiente sano.
Cabe destacar que el Proceso de Consulta Vecinal (PCV) contempla diversas herramientas e instrumentos dirigidos a la población de un Área de Influencia Social determinada. Entre ellos se incluyen:
- Instalación de módulos informativos y receptores de opinión.
- Levantamiento de encuestas a población del Área de Influencia Social determinada.
- Entrevistas con actores de interés.
- Realización de reuniones informativas con autoridades y vecinos.
Estas acciones tienen como objetivo socializar los alcances del proyecto, informar sobre sus impactos y medidas de atención, así como recoger las opiniones de las personas habitantes del territorio involucrado.
El proyecto modificado debe evaluarse conforme a la nueva Ley Ambiental de la Ciudad de México (2024), ya que presenta cambios sustantivos respecto al proyecto originalmente autorizado.
Dichas modificaciones no corresponden a simples ajustes arquitectónicos, sino a transformaciones estructurales y funcionales que modifican el uso de suelo, la composición arquitectónica, la infraestructura subterránea y la proporción de área libre, generando nuevos impactos ambientales y urbanos que requieren una reevaluación integral.
De acuerdo con el artículo 27 de la citada Ley, es obligatorio realizar un Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones en proyectos cuya superficie de construcción sea igual o superior a 50,000 m², o que contemplen un total de 300 o más viviendas, considerando tanto las existentes como las nuevas. El proyecto cumple con ambos supuestos, por lo que debe someterse al proceso correspondiente.
Asimismo, el artículo 25, fracción XVIII, establece que toda obra con más de 10,000 m² de construcción, o que se desarrolle en predios mayores a 5,000 m² con uso distinto al habitacional, debe someterse a evaluación de impacto ambiental previa. En este caso, el proyecto contempla una superficie total de 34,808.74 m² de construcción dentro de un predio de 7,935.23 m², destinado a uso habitacional, por lo que se ubica dentro de los supuestos de obligatoriedad señalados. Aun cuando existe una reducción de superficie respecto al proyecto original, su magnitud y el cambio de uso lo sitúan en la categoría de obras con potencial de afectación ambiental significativa, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente.
Las modificaciones estructurales respecto al proyecto inicial —como la reducción de sótanos, el incremento en la altura y la redistribución arquitectónica— alteran el comportamiento del subsuelo y el entorno urbano, encuadrando en los supuestos del artículo 36, relativos a cambios en la configuración edificatoria y altura. A ello se suma la variación en la dotación de estacionamientos, que requiere una nueva valoración de impactos viales y de emisiones, conforme al artículo 38.
En consecuencia, el proyecto debe considerarse sujeto a evaluación ambiental integral conforme al nuevo marco legal, y no como una simple actualización de la autorización previa. Su reingreso al procedimiento garantiza la adecuación del desarrollo a los principios de sustentabilidad, movilidad limpia y protección ambiental que orientan la política urbana vigente en la Ciudad de México, asegurando además el cumplimiento del artículo 25 de la Ley Ambiental en materia de obras de gran escala o con potencial de riesgo ambiental.
Para más información consultar:
Ley Ambiental de la Ciudad de México
Aviso por el que se da a conocer el Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones
Infografía Proceso de Consulta Vecinal Para Grandes Construcciones
Mecanismos de Participación
Como parte del Proceso de Consulta Vecinal del Proyecto “Modificación Lago Alberto 411” se aplicarán diferentes instrumentos, con el objetivo de conocer la opinión sobre el Proyecto de los habitantes y usuarios del Área de Influencia Social, así como de los impactos potenciales que éste generará y la manera de atenderlos.
A continuación, se describen los instrumentos de participación del Proceso de Consulta Vecinal:
1. Módulos informativos y receptores de opinión
Posterior a la publicación en un diario de circulación, se instalarán los módulos informativos y receptores de opinión en puntos clave del Área de Influencia Social a partir del 13 de octubre del 2025, los cuales permanecerán durante siete días hasta el 19 de octubre del 2025 en los puntos establecidos en un horario de 10:00 hrs. a 17:00 hrs.
Los módulos estarán ubicados en los siguientes sitios:
- Sitio 1 Módulo Fijo: Predio del Proyecto. Lago Alberto número 411, colonia Anáhuac I Sección, alcaldía Miguel Hidalgo, CP 11320, Ciudad de México.
- Sitio 2 Módulo Itinerante: Leibnitz número 248, colonia Anzures, alcaldía Miguel Hidalgo, CP 11590, Ciudad de México.
- Sitio 3 Módulo Itinerante: Parque Público Pedro Plascencia Salinas. Esquina Bahía de Chachalacas, Calle Bahía de Sta. Barbara, colonia Verónica Anzures, alcaldía Miguel Hidalgo, CP 11300, Ciudad de México.
- Sitio 4 Módulo Itinerante: Parque Lago Alberto, calle Lago Mayor número 172, colonia Granada, alcaldía Miguel Hidalgo, CP 11520, Ciudad de México.
- Sitio 5 Módulo Itinerante: Lago Chalco número 240, colonia Anáhuac I Sección, alcaldía Miguel Hidalgo, CP 11320, Ciudad de México.
A continuación, se muestra la ubicación de los módulos informativos y receptores de opinión dentro del Área de Influencia Social del proyecto Modificación Lago Alberto 411.
UBICACIÓN DE MÓDULOS INFORMATIVOS
La siguiente tabla muestra la dinámica de cada uno de los días de instalación de los módulos:
UBICACIÓN DE MÓDULOS INFORMATIVOS
2. Reuniones informativas
Las reuniones informativas con las vecinas y los vecinos tienen como propósito dar a conocer y socializar las características generales del Proyecto “Modificación Lago Alberto 411” con los actores de interés del entorno. A través de estos espacios, se busca presentar de manera transparente el alcance, los objetivos y las posibles implicaciones del proyecto, así como recoger las opiniones, percepciones y preocupaciones de la comunidad. Cabe señalar que se llevarán a cabo del 20 al 26 de octubre.
3. Encuestas de opinión
Con el objetivo de recabar la opinión de la población respecto al Proyecto “Modificación Lago Alberto 411”, así como conocer la percepción sobre los impactos generados y la efectividad de las medidas de atención, se definió una metodología mixta sustentada en la aplicación de encuestas. Esta técnica de investigación permite obtener información tanto cuantitativa como cualitativa, ofreciendo una visión integral sobre las percepciones sociales en torno al Proyecto. Las encuestas de opinión se llevarán a cabo del 27 de octubre al 02 de noviembre.
4. Entrevistas
Con el objetivo de ampliar la comprensión sobre percepciones y opiniones respecto al Proyecto “Modificación Lago Alberto 411”, se implementará la técnica de entrevistas a actores clave identificados a partir del análisis de campo y de la interacción a través de los Módulos informativos y receptores de opinión y de reuniones informativas. Estas entrevistas permitirán recabar información sobre problemáticas sociales y de servicios públicos existentes en el Área de Influencia Social, así como datos que podrán considerarse para el desarrollo del Proyecto. Se llevarán a cabo del 27 de octubre al 02 de noviembre.
CRONOGRAMA DE TRABAJO
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PCV